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¿Puedo colocar aire acondicionado en fachada?

«Mi vivienda, mi fachada, mi aire»

Paso por la calle y veo aparatos de aire acondicionado colgados en las fachadas del resto de viviendas. Si otros pueden yo también, ¿No? al fín y al cabo:

mi vivienda, mi fachada, mi aire acondicionado

Este es un pensamiento bastante común. Por eso, antes de colocar un aparato de aire acondicionado es conveniente revisar las condiciones que debemos cumplir para evitar tener problemas y no arriesgarnos a posibles denuncias.

Los aparatos de aire acondicionado que se colocan tienen una unidad exterior que necesita tomar aire de la calle. Suele estar colgada en el exterior de la fachada, pero también puede situarse en el interior tomando aire mediante rejilla en fachada.

¿Puedo colocar un aparato de aire acondicionado en la fachada de mi vivienda?

PERO, se han de cumplir ciertas condiciones. Fundamentalmente, disponer de permiso de la comunidad de vecinos y cumplir con las ordenanzas del ayuntamiento al respecto.

El permiso de la Comunidad de Vecinos

Se necesita el permiso de la comunidad de vecinos para colocar un aparato de aire en fachada o cubierta porque son elementos comunes.

En este caso, habría que consultar los estatutos del edificio o consultar con el administrador o presidente por si el tema ya hubiera sido tratado en alguna junta. Pueden ocurrir tres cosas:

  1. Que se permita de forma explícita
    En este caso no necesito más permiso
  2. Que se prohíba de forma explícita
    En este caso no puedo ponerlo
  3. Que no se diga nada
    En este caso necesito que los vecinos me autoricen a su instalación en junta

La licencia municipal

Es importante tener en cuenta que cada Ayuntamiento tiene una normativa concreta. Por lo tanto, no se podrá generalizar respecto a si se puede instalar o no un dispositivo de aire acondicionado en la fachada de un edificio, sino que habrá que basarse en lo que establezca el Consistorio encargado. De este modo, será necesario revisar la normativa correspondiente en cada caso según la localidad en la que se encuentre la vivienda donde se quiera llevar a cabo la instalación.

Por ejemplo, en Madrid debemos referirnos a la Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano en concreto a su Título III: Ventilación forzada y/o acondicionamiento de locales y viviendas.

aire acondicionado Cubierto en Fachada
aire acondicionado Cubierto en Fachada

Esta norma nos va a establecer unas distancias mínimas que deben existir entre la unidad exterior y las ventanas de los vecinos (tanto en horizontal como en vertical) que van a estar condicionadas por el caudal de expulsión de la unidad exterior del aire acondicionado. Además nos limita este caudal a 1m3/s. Si la máquina tiene un caudal superior deberá estar situada en cubierta.

Además si las máquinas se sitúan sobre fachadas de patios interiores el ayuntamiento no establece ningún criterio adicional.

Pero si las máquinas se sitúan sobre fachada principal el ayuntamiento quiere evitar que cada vecino las coloque en una posición diferente dando lugar a fachadas como la que ilustra este post. En este caso el ayuntamiento exige un Proyecto de Conjunto de Fachada aprobado por la Comunidad de Vecinos.

Proyecto de Conjunto de Fachada

El Proyecto de Conjunto de Fachada es un documento redactado por un técnico que establece la posición de las máquinas para asegurar que cumplen con la ordenanza del Ayuntamiento y al que cada vecino cuando quiera colocar su aparato de aire acondicionado tendrá que adherirse. Funciona igual que cuando se quieren cerrar las terrazas. Para evitar que cada vecino lo haga de una forma diferente y para homogeneizar los criterios.

¿Que ocurre si hacemos la instalación de aire acondicionado sin permiso?

Si la instalación no cumple con la ordenanza del ayuntamiento, nos arriesgamos a ser denunciados, bien por el ayuntamiento directamente, bien por algún vecino.

Si la instalación cumple con la ordenanza del ayuntamiento pero no contamos con el permiso de la Comunidad de Vecinos, entonces ésta nos puede exigir su retirada.

La comunidad tendrá un plazo de 5 años para hacer esa reclamación, según se dispone en el art. 1964 del Código civil, recientemente reformado. El plazo comienza desde que la comunidad tiene conocimiento de la realización de la obra inconsentida.

¿Y si la instalación es en un patio interior y no en la fachada del edificio?

Si la instalación no se realiza en la fachada principal, su colocación es más sencilla. Las condiciones de los ayuntamientos suelen ser más flexibles en estos casos.
También existe jurisprudencia que entiende que no sería necesario el consentimiento de la Comunidad de Vecinos, ya que hay que estar a la realidad social y al derecho del propietario a mantener su vivienda en las mejores condiciones de habitabilidad que sean posibles.

aire acondicionado en patio
aire acondicionado en patio

¿Que pasa si he instalado el aire acondicionado sin permisos y he sido denunciado?

En ese caso lo mejor es que busques un técnico que te pueda ayudar. Si el aparato cumple con la normativa urbanística se podrá legalizar, si no es posible que tengas que realizar alguna modificación, pero eso deberá ser estudiado por el técnico.

Conclusiones

La instalación del aire acondicionado en una vivienda es un proceso que puede parecer complicado pero que, en realidad, solo requiere contar con el visto bueno del Ayuntamiento y de la comunidad de propietarios.

Por tanto si estas pensando en instalar uno de estos equipos para disfrutarlo los meses de verano, es mejor ser previsor y hacerlo con tiempo y contar con un técnico que te pueda ayudar a conseguir licencia para asegurarte de que todos los trámites se llevan a cabo cuanto antes y poder disfrutar de tu aire acondicionado desde el principio de la temporada estival sin arriesgarte a posibles denuncias o sanciones.

Esperamos que este artículo os haya servido de ayuda. Si tenéis alguna duda o tenéis algo que aportar, podéis dejarnos vuestros comentarios más abajo 👇

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